Los patrones de acuerdo a la Normatividad deberán:
- Establecer los requerimientos para la prevención y protección contra incendios ordinarios en los centros de trabajo por parte del patrón, el cual deberá contar con un croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, actualizado y colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores.
- Contar con las instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro de trabajo y difundirlas entre los trabajadores, contratistas y visitantes.
- Contar con un plan de atención a emergencias de incendio.
- Contar con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto.
- Desarrollar simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario.
- Elaborar un programa de capacitación anual teórico-práctico en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, así como capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en dicho programa.
- Dotar del equipo de protección personal a los integrantes de las brigadas contra incendio.
- Contar en las áreas de los centros de trabajo clasificadas con riesgo de incendio ordinario, con medios de detección y equipos contra incendio.
- Finalmente exhibir a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la Norma le obligue a elaborar y poseer.
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Lic. Luis Fernando Villalobos Vélez.